Normas Básicas del Sistema de Programación de Operaciones (SPO)

TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I
ASPECTOS GENERALES

Artículo 1.- (Sistema de Programación de Operaciones)
El Sistema de Programación de operaciones es un conjunto de normas y procesos que establece el programa de operaciones anual de las entidades, en el marco de los planes de desarrollo nacionales departamentales y municipales. Comprende a los subsistemas de elaboración del Programa de operaciones Anual y de Seguimiento y Evaluación de la Ejecución de estos programas.

Artículo 2.- (Objetivos de las normas básicas)
Las Normas Básicas del Sistema de Programación de Operaciones tienen como objetivos:
a) Definir un conjunto de principios y procedimientos para asegurar el funcionamiento del Sistema de Programación de Operaciones en las entidades públicas;
b) Proporcionar los elementos de organización, funcionamiento y control interno relativos al Sistema de Programación de Operaciones, que deben ser considerados por las entidades públicas para la elaboración de sus reglamentos específicos;
c) Otorgar los elementos esenciales para la formulación del presupuesto anual de cada entidad; y
d) Establecer la interrelación entre el Sistema de Programación de Operaciones y los sistemas regulados por la ley 1178.

Artículo 3.- (Ambito de aplicación)
Las presentes normas son de aplicación obligatoria en todas las entidades del sector público señaladas en los artículos 3 y 4 de la ley 1178 de Administración y Control Gubernamentales.

Artículo 4.- (Niveles de organización del sistema)
El Sistema de Programación de Operaciones tiene los siguientes niveles:
a) Normativo y consultivo, que corresponde al Ministerio de Hacienda como órgano rector de este sistema, cuyas atribuciones básicas están determinadas en el artículo 20 de la ley 1178 y por delegación, ejercidas a través de su unidad técnica especializada, la Dirección de Organización Normas y Procedimientos Administrativos (DONPA).
b) Ejecutivo y operativo que corresponde a las entidades públicas señaladas en el artículo 3 de las presentes normas, con las siguientes atribuciones y funciones:
- Cumplir y hacer cumplir las presentes normas;
- Elaborar sus reglamentos específicos en el marco de las normas básicas;
- Realizar el control y seguimiento del funcionamiento de sus sistemas; y
- Elaboras sus programas de operaciones anuales.

Artículo 5.- (Componentes del Sistema de Programación de Operaciones)
El Sistema de Programación de Operaciones está compuesto por:

a) Subsistema de Elaboración del Programa de Operaciones Anual
Este subsistema comprende:
- La formulación de objetivos de gestión
- La determinación de las operaciones
- La compatibilización de programas de operaciones
c) Subsistema de Seguimiento y Evaluación a la Ejecución del Programa de Operaciones Anual
Este subsistema comprende:
- La verificación de la ejecución del programa de operaciones
- La evaluación de resultados
- La generación de medidas correctivas

Artículo 6.- (Interrelación con otros sistemas)
El Sistema de Programación de Operaciones se interrelaciona con los sistemas establecidos en la ley 1178 en los Siguientes términos;
a. El Sistema Nacional de Planificación proporciona, a través de los planes de desarrollo y programas de mediano y largo plazo el marco en el que se debe definir las acciones a ser incluidas en la programación de operaciones anual de cada entidad. El Sistema de Programación de Operaciones suministra, a su vez información sobre el cumplimiento de los objetivos de gestión, que permite evaluar el grado de ejecución de los planes de desarrollo.
b. El Sistema Nacional de Inversión Pública, suministra información sobre los proyectos de inversión en ejecución y por ejecutarse en el sector público. El Sistema de Programación de Operaciones proporciona a su vez, información sobre la programación y resultados de estos proyectos.
c. EI Sistema de Presupuesto, establece la política presupuestaria y los límites Financieros para la elaboración del Programa de Operaciones. El Sistema de Programación de Operaciones provee la estimación de los recursos físicos que serán expresados en el presupuesto.
d. El Sistema de Organización Administrativa define el marco en el que se debe diseñar la estructura organizativa para la ejecución del Programa de Operaciones anual. El Sistema de Programación de Operaciones establece los objetivos de gestión y las operaciones en base a los cuales se identifica las necesidades de organización.
e. El Sistema de Administración de Personal proporciona el marco en el cual se atenderán las demandas del personal de las entidades. El Sistema de d Programación de Operaciones establece los requerimientos de personal el necesario para el cumplimiento de los objetivos de gestión de cada entidad.
f. El Sistema de Administración de Bienes y Servicios proporciona el marco en el que se atenderá los requerimientos de bienes y servicios. El Sistema de Programación de Operaciones establece la demanda de bienes y servicios para el logro de los objetivos de gestión de cada entidad.
g. El Sistema de Tesorería y Crédito Público suministra los recursos financieros para la ejecución de las operaciones programadas.
h. El Sistema de Contabilidad Integrada registra las transacciones que resultan de la ejecución de las operaciones y proporciona información para el seguimiento y evaluación del programa de operaciones.

Artículo 7.- (Revisión y actualización de las normas)
El órgano rector del Sistema de Programación de Operaciones revisará por lo menos una vez al año las presentes normas y de ser necesario las actualizará en base al análisis de la experiencia de su aplicación, la dinámica administrativa, el funcionamiento de los otros sistemas interrelacionados con este y las observaciones y recomendaciones fundamentales que formulen las entidades.

Artículo 8. (Implantación del sistema)
Cada entidad del sector público debe implantar el Sistema de Programación de Operaciones, de la siguiente manera:
a. Diseñar el sistema de programación de operaciones de la entidad, identificando las funciones, los componentes y las interrelaciones existentes entre éstos.
b. Asignar funciones a las áreas y unidades funcionales, definiendo funciones de programación a las diferentes áreas y unidades de la organización administrativa de cada entidad.
c. Establecer sistemas de información, utilizando instrumentos tales como flujogramas, formularios, instructivos y otros que soporten y apoyen al funcionamiento del sistema.
d. Elaborar y presentar al órgano rector el reglamento específico de la entidad, en base a las actividades anteriores en fechas establecidas para su evaluación y compatibilización.

Artículo 9.- (Responsables del programa de operaciones anual)
La elaboración ejecución, seguimiento y evaluación del programa de operaciones anual de cada entidad es atribución de la máxima autoridad ejecutiva y los servidores públicos involucrados con el Sistema de Programación de Operaciones.
Los responsables de la formulación del programa de operaciones anual, en sus distintas fases son:
a. Formulación de los objetivos de gestión de la entidad. Es responsabilidad de su máxima autoridad ejecutiva. Estos objetivos deben ser desagregados por área funcional según el tamaño de la entidad
b. Formulación de los objetivos de gestión por área funcional. Es de responsabilidad compartida entre el ejecutivo de área que los formula y la máxima autoridad ejecutiva de la entidad que los aprueba.
c. Formulación de los programas de operaciones anuales basados en los objetivos de gestión. Los responsables de la formulación de los programas de operaciones anuales son los ejecutivos de cada área funcional.

Artículo 10.-(Presupuesto anual de la entidad)
La aprobación del presupuesto anual de cada entidad estará sujeta a la presentación del programa de operaciones de la gestión. La asignación de recursos financieros se efectuará en función de la demanda de recursos físicos establecidos en el programa de operaciones.

CAPITULO II
MARCO CONCEPTUAL

Artículo 11.-(Misión de la entidad)
Es la razón de ser de una entidad pública, expresada en objetivos permanentes que determinan su creación. La misión se establece en concordancia con el instrumento jurídico de creación de cada entidad, así como con la Constitución Política del Estado, ley de ministerios. Ley Orgánica de Municipalidades y otras disposiciones legales sobre la organización del sector público.

Artículo l2.-(Plan estratégico de la entidad)
Es el instrumento en el que se establece los objetivos, políticas y estrategias de mediano y largo plazo de la entidad, en base a los planes de desarrollo nacional departamental, municipal, municipal y la misión de la entidad.

Artículo 13.-(Objetivos institucionales)
Son proposiciones concretas de orden cuantitativo y/o cualitativo, respecto de lo que pretende alcanzar la entidad pública, en un período determinado.

Artículo 14.-(Objetivos de gestión)
Son resultados o compromisos de acción que la entidad pretende alcanzar en una gestión anual. Sirven de fundamento, dirección y medida para las operaciones a ejecutarse en las entidades.

Artículo 15.-(Area funcional)
Es parte de la estructura de la organización, conformada por una o varias unidades con un contenido funcional específico.

Artículo 16.-(Operación)
Es un conjunto de tareas establecidas de manera integrada para el logro de los objetivos. Las operaciones en una entidad pública pueden ser de funcionamiento, preinversión e inversión.
Las operaciones de funcionamiento son actividades recurrentes de carácter productivo y administrativo destinadas a la producción de bienes y/o servicios, y las de preinversión e inversión son actividades destinadas a incrementar, mejorar o reponer las existencias de capital físico o humano.

Artículo 17.-(Programa de operaciones de la entidad)
El programa de operaciones por área funcional es el instrumento que para el logro de los objetivos de gestión: define las operaciones necesarias, estima el tiempo de ejecución, determina los recursos, designa a los responsables por el desarrollo de las operaciones y establece indicadores de eficacia y eficiencia de los resultados a obtenerse.
El programa de operaciones de la entidad es la consolidación de los programas de operaciones anuales de las áreas funcionales.

Artículo 18.-(Metas)
Son resultados concretos que se espera alcanzar durante el proceso de ejecución del programa de operaciones y verificables en base a los indicadores establecidos.

TITULO II
SUBSISTEMA DE ELABORACION DEL PROGRAMA DE OPERACIONES ANUAL

CAPITULO I
FORMULACION DE OBJETIVOS DE GESTION

Artículo 19.-(Marco de referencia)
La formulación de objetivos de gestión debe considerar:
Los planes y políticas establecidos por el Sistema Nacional de Planificación.
Las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública.
Las directrices del Sistema de Presupuesto.
La misión de la entidad.
El plan estratégico institucional y
Los objetivos institucionales.

Artículo 20.-(Análisis de situación y del entorno)
Se debe efectuar un análisis de los resultados logrados, las contingencias y desvíos de la programación anterior, las necesidades emergentes producto de éste análisis y de la identificación de los recursos existentes.

Artículo 21.-(Red de objetivos y proceso de formulación de objetivos de gestión)
Se debe formular los objetivos, dentro de una entidad, en forma descendente desde el nivel ejecutivo hasta el nivel operativo, con la finalidad que el programa de operaciones sea integral, coherente e interrelacionado, donde cada operación guarde relación y sea consistente con los objetivos de gestión.
La formulación de objetivos de gestión seguirá los siguientes pasos:
a. Identificación y priorización de las necesidades, requerimientos, problemas y propósitos más importantes que tenga que atender la entidad.
b. Establecimiento de los objetivos de gestión de la entidad.
c. Desagregación de los objetivos de gestión de la entidad, en objetivos de gestión por área funcional con la finalidad de que cada una de éstas formule su programa de operaciones anual.
d. Integración de todos y cada uno de los objetivos de gestión, preservando los lineamientos de los objetivos institucionales.

CAPITULO II
DETERMINACION DE OPERACIONES

Artículo 22.-(Proceso de determinación de operaciones)
El proceso es el siguiente:
Ordenación lógica y secuencialmente de las operaciones necesarias para alcanzar los objetivos de gestión por áreas funcionales,
Establecimiento de metas para cada operación o conjunto de operaciones;
Estimación de los tiempos que demandará la ejecución de las operaciones, estableciendo su inicio y finalización en unidades de tiempo de acuerdo con el tipo de operaciones y la naturaleza de los objetivos,
Determinación de los recursos humanos para desarrollar las operaciones, señalando su número y perfil;
Establecimiento de los recursos materiales, equipos, bienes inmuebles e inmuebles indispensables para concretar las operaciones y alcanzar los objetivos de gestión.
Identificación de los servicios de consultoría, auditoría, transporte, energía, mantenimiento y otros accesorios para concretar los objetivos de gestión reflejados en la programación de operaciones;
Identificación de las unidades responsables de la ejecución de los programas de operaciones anuales, v
Descripción de los resultados cuantificables que se pretende obtener y las áreas y/o sectores económico sociales que se beneficiarán con la ejecución de las operaciones programadas y el logro de los objetivos.

Artículo 23. (Indicadores de eficacia y eficiencia)
Toda área o unidad funcional debe establecer indicadores cuantitativos y cualitativos de eficacia que permitan verificar el grado de alcance de los objetivos de gestión y el desarrollo de las operaciones: así como definir indicadores cuantitativos y cualitativos de eficiencia que permitan evaluar la asignación de recursos, las tareas y las operaciones ejecutadas.

CAPITULO III
COMPATIBILIZACION DE PROGRAMAS DE OPERACIONES

Artículo 24.-(Compatibilización)
Se debe compatibilizar para la eficiente asignación y uso de los recursos requeridos en cada uno de los programas de operaciones anuales:
Los programas de operaciones de las áreas funcionales entre si preservando la coherencia para alcanzar los objetivos de gestión en forma coordinada;
Los requerimientos de recursos humanos entre los diferentes programas;
Los requerimientos de bienes y contratación de servicios entre los diferentes programas: y
La asignación de recursos financieros entre los diferentes programas de operaciones que permita una efectiva ejecución de los mismos.

TITULO III
SUBSISTEMA DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION A LA EJECUCION DEL PROGRAMA DE OPERACIONES ANUAL

Artículo 25.-(Verificación de la ejecución)
Los responsables de las áreas o unidades organizativas deben verificar que los programas de operaciones anuales estén ejecutándose de acuerdo con lo programado; analizando los resultados de cada una de las operaciones, los bienes y/o servicios producidos, los recursos utilizados, y el tiempo invertido.

Artículo 26.-(Evaluación de resultados)
Los resultados de los programas de operaciones anuales de la entidad deben ser evaluados por los responsables durante y al finalizar la gestión, contemplando aspectos cuantitativos y cualitativos, en base a la información obtenida de la verificación de la ejecución, a los indicadores de eficacia, eficiencia y otros aspectos que permitan medir el grado de cumplimiento de las operaciones y el logro de los objetivos.

Artículo 27.-(Generación de medidas correctivas)
La evaluación de los resultados, en caso de incumplimiento, debe generar medidas correctivas de acuerdo con los factores que incidieron en el mismo. Estas medidas pueden originar el ajuste de las operaciones, el establecimiento y/o la cancelación de las mismas y la reformulación de objetivos y metas.